OBLIGACIONES:
1. Mantener al trabajador objeto de ayuda durante 2 años; con posibilidad de sustitución en caso de baja voluntaria, despido disciplinario, despido objetivo no declarado como improcedente, excedencia, jubilación, incapacidad total, o muerte, por otro trabajador que sea perteneciente a Colectivos Vulnerables.
• Las sustituciones se deben realizar en un plazo un mes desde la baja del trabajador objeto de subvención.
• La NO sustitución en el plazo indicado obligará a la devolución parcial de la ayuda recibida en función del tiempo restante hasta los dos años subvencionados.
• Las sustituciones se podrán hacer transcurridos los 6 primeros meses o una vez que nos comuniquen la aprobación de la ayuda.
• En caso de despido improcedente NO se podrá sustituir al trabajador, debiendo devolver el importe íntegro de la ayuda.
2. Mantener la plantilla media de la empresa del día de la contratación durante 2 años.